Master in Tax Consulting and Master’s Degree in Sustainability Management

Máster de Asesoría Fiscal 

Máster Universitario en Gestión de la Sostenibilidad 

UPF Barcelona School Management 

  CLOSED  

Para el curso académico 2023/2024, se convocan dos becas para cursar el título propio de Máster de Asesoría Fiscal, programa organizado e impartido por la UPF Barcelona School of Management (en adelante UPF-BSM) y que da acceso a un título propio de la Universidad Pompeu Fabra y una beca para cursar el título oficial de Máster Universitario en Gestión de la Sostenibilidad / Master of Science in Sustainability Management, programa organizado e impartido por la UPF-BSM conjuntamente con ESCI y que da acceso a un título oficial de la Universidad Pompeu Fabra*.

*Titulación pendiente de trámites administrativos por su inclusión en el RUCT (Registro de Universidades, Centros y Títulos)

1 - Objeto y finalidad

La Fundación Privada José Luis Massó (en adelante “Fundación”) es una entidad sin ánimo de lucro que tiene como objetivos esenciales la promoción de la formación en el ámbito de la educación superior y la inserción en el ámbito laboral, concretamente el objetivo perseguido es el de impulsar la inserción laboral de jóvenes con estudios universitarios y problemas económicos a través de fomentar su educación superior (másteres y  posgrados de especialización) y promover su experiencia laboral, teniendo especial consideración por los jóvenes que se encuentran en una situación de discapacidad física, psíquica o sensorial.

Con este objetivo convoca para el curso académico 2023/2024:

  • 2 (dos) becas para cursar el título propio de Máster de Asesoría Fiscal, programa organizado e impartido por la UPF Barcelona School of Management (en adelante UPF-BSM) y que da acceso a un título propio de la Universidad Pompeu Fabra; y
  • 1 (una) beca para cursar el título oficial de Máster Universitario en Gestión de la Sostenibilidad / Master of Science in Sustainability Management, programa organizado e impartido por la UPF-BSM conjuntamente con ESCI y que da acceso a un título oficial de la Universidad Pompeu Fabra[1].

En adelante se hará referencia conjunta a los programas a lo largo de todo el documento como MÁSTER.

[1] Titulación pendiente de trámites administrativos por su inclusión en el RUCT (Registro de Universidades, Centros y Títulos)

2 - Dotación Económica

Se otorgarán 2 (dos) becas del Máster de Asesoría Fiscal, a dos participantes, que cubrirá el 100% del importe de la matrícula que es de 12.000€, con una dotación total para estas becas que se corresponde con el importe de matrícula, es decir de 12.000 euros, cada una de ellas.

Se otorgará 1 (una) beca de Máster Universitario en Gestión de la Sostenibilidad / Master of Science in Sustainability Management, a un participante, que cubrirá el 100% del importe de la matrícula que es de 18.500€, con una dotación total para estas becas que se corresponde con el importe de matrícula, es decir d e 18.500€.

3 - Importe de las becas

El importe de la beca cubrirá el 100% del importe total de la matrícula del máster, según el precio del curso académico 2023/2024, que en el caso del Máster de Asesoría Fiscal es de 12.000€, y en el caso del Máster Universitario en Gestión de la Sostenibilidad / Master of Science in Sustainability Management es de 18.500€, con una dotación total para estas 3 (tres) becas de 42.500€.

El importe correspondiente será aplicado para el pago a la UPF-BSM del importe total de la matrícula del máster del beneficiado.

La concesión de la beca no exime del pago de otras tasas y/o derechos que se puedan devengar.

4 - Destinatarios de la Beca

En un campo relacionado con derecho, ADE, Economía o en otras titulaciones de este nivel universitario relacionadas con estos campos

Estas becas tienen como destinatarios a:

Máster de Asesoría Fiscal

Graduados o licenciados universitarios en un campo relacionado con derecho o en otras titulaciones de este nivel universitario relacionadas con estos campos, por cualquier Universidad Española o extranjera (en este último caso, siempre que el título extranjero en cuestión esté reconocido por los organismos españoles como equivalente a los títulos de graduado anteriormente mencionados) y siempre que hayan sido admitidos para la realización del Máster de Asesoría Fiscal en la UPF-BSM.

Máster Universitario en Gestión de la Sostenibilidad / Master of Science in Sustainability Management

Graduados o licenciados universitarios, por cualquier Universidad Española o extranjera (en este último caso, siempre que el título extranjero en cuestión esté reconocido por los organismos españoles como equivalente a los títulos de graduado anteriormente mencionados) y siempre que hayan sido admitidos para la realización del Máster Universitario en Gestión de la Sostenibilidad / Master of Science in Sustainability Management en la UPF-BSM.

5 - Condiciones para ser beneficiario

Podrán optar a estas becas los solicitantes que, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los requisitos siguientes:

  1. Poseer nacionalidad española, ser nacional de un país de la Unión Europea o de terceros países cuando se acredite que tiene una situación de estancia regular en el país.
  2. Ser graduado o licenciado universitario en el ámbito requerido para cada titulación y estar en posesión del correspondiente título universitario.
  3. Haber sido admitido en el Máster de la UPF-BSM.
  4. Tener 30 años o menos al momento de hacer la solicitud.
  5. Acreditar estar afectado por una situación socio-económica vulnerable, de acuerdo con el criterio descrito en el punto 8.
6 - Presentación de solicitudes
  1. La solicitud de la beca se hará por medio de la sede electrónica de la Fundación Privada José Luis Massó https://www.joseluismasso.org enviando un correo electrónico a fundacion@joseluismasso.org adjuntado toda la documentación solicitada, finalizando el plazo de presentación de las solicitudes el 27 de julio de 2023.  La Fundación Privada José Luis Massó se reserva el derecho de ampliar el plazo de presentación de solicitudes si así lo considera.
  2. La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la convocatoria y no conlleva la exención del pago de matrícula ni su aplazamiento.
  3. La presentación de la solicitud implicará la cesión de datos académicos y personales a la Fundación Privada José Luís Massó.
  4. Cualquier enmienda a la solicitud que, en el caso, fuera necesaria, se notificará al solicitante mediante correo electrónico.

La comunicación indicará los extremos a enmendar e indicará que, en caso de que no se enmiende la solicitud o no se presenten los originales requeridos, en el plazo de cinco días hábiles a contar a partir del día siguiente de la recepción del requerimiento, se entenderá que el solicitante desiste de presentar su solicitud.

7 - Documentación adjunta

1- Al formulario de solicitud, se debe adjuntar obligatoriamente, la documentación siguiente:

  1. Carta de motivación del solicitante, en la que se explique brevemente por qué quiere cursar el Máster y las razones por las que solicita la beca.
  2. Fotocopia del DNI o NIE.
  3. Certificación del expediente académico.
  4. Si la titulación de acceso al Máster se ha cursado en una universidad extranjera, la certificación del expediente académico deberá ir acompañando de la nota media y de la nota mínima de aprobación o bien la equivalencia generada a través del siguiente enlace del Ministerio: « Equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros | Ministerio de Educación y Formación Profesional (educacionyfp.gob.es)».
  5. Currículo vitae.
  6. Documento que justifique la admisión al Máster.
  7. Copia de la declaración de renta de 2022 de todos los miembros de la unidad familiar o, en su defecto, certificado expedido por la AEAT conforme no existía la obligación de presentarla.

2.- Para obtener puntuación para el resto de criterios de priorización del punto 8, se puede adjuntar la documentación adicional siguiente:

  1. Autoliquidación del IRPF presentada por cada miembro de la unidad familiar del año 2022, o en su defecto, certificado acreditativo de la no obligación de presentarla, emitido por la Agencia Tributaria del Ministerio de Hacienda y Función Pública, así como un certificado de convivencia o certificado del padrón municipal de los miembros de la unidad familiar, emitido en los 3 últimos meses.
  2. Documentación acreditativa de ingresos o falta de ingresos del año 2023 de todos los miembros de la unidad familiar, en el caso de que el candidato haya sufrido un cambio en su situación económica familiar en el último año.
  3. Certificado de discapacidad del solicitante.
  4. Certificado de discapacidad de otros miembros de la unidad familiar.
  5. Justificante de percepción de una prestación o subsidio por desempleo de los progenitores.
  6. Carné de familia numerosa con indicación de la categoría (general o especial).
  7. Carné de familia monoparental.
  8. Matrícula de los hermanos de entre 25 y 30 años que cursen estudios de enseñanza secundaria obligatoria (ESO), bachillerato, ciclos formativos o universitarios.
  9. Libro de familia donde consten los menores de edad o mayores de 65 años a cargo.
  10. Vida laboral de la persona solicitante para acreditar la compaginación de trabajo y estudios.
  11. Certificado de estancia emitido por la institución receptora o contrato para acreditar las estancias en el extranjero por estudios o por trabajo.

La documentación acreditativa se presentará mediante copia simple. La comisión evaluadora podrá dirigirse al solicitante, en cualquier momento, para solicitar la documentación original.

El Comité de seguimiento podrá pedir toda la información que considere oportuna para valorar las circunstancias del caso para su adjudicación.

8 - Criterios de valoración por ser beneficiario

Las becas se concederán teniendo en cuenta los criterios que se describen a continuación.

La selección de los candidatos es competencia de la Comisión de Seguimiento formada por representantes de la Fundación Privada José Luís Massó.

En el ANEXO 1 de esta convocatoria se listan el conjunto de criterios a evaluar para cada candidatura y las valoraciones de cada uno de estos criterios, que serán valorados como méritos.

a). Recursos económicos

– Se tendrán en cuenta los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar incluidos los hijos menores de 25 años. También se incluyen los hijos de entre 25 y 30 años si están estudiando educación secundaria obligatoria (ESO), bachillerato, ciclos formativos o grado/máster universitario.

Para determinar el límite de ingresos se toma como referencia 4 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) aplicable en el momento de la solicitud de las ayudas. El límite se ponderará en función del número de miembros que integran la unidad familiar, según el siguiente detalle:

1 miembro 2 miembros 3 miembros 4 miembros 5 miembros o más
28.800,00 36.000,00 43.200,00 50.400,00 57.600,00

Tabla vigente para el ejercicio 2023. IPREM anual = 7.200 euros.

Si otro miembro de la unidad familiar tiene reconocida una discapacidad psíquica del 33% o física o sensorial del 65%, se aplicará el siguiente tramo de composición familiar.

– También se tendrán en cuenta los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar incluidos los hijos menores de 25 años del año en curso que podrán justificarse mediante la aportación de cualquier documentación que pueda acreditar la percepción o no percepción de estos ingresos.

Estos ingresos se tendrán especialmente en consideración para el caso de que el candidato haya sufrido un cambio en su situación económica familiar en el último año.

b). Situación de discapacidad 

Legalmente reconocida de la persona solicitante a partir del 10%.

c). Situación personal y familiar

  • Sustentadores principales (padres o representantes legales) en situación que, estando en paro, perciban una prestación o subsidio ordinario o extraordinario.
  • Familia numerosa, general o especial.
  • Familia monoparental.
  • Hijos menores de edad a cargo del solicitante.
  • Personas mayores a cargo del solicitante y que no percibe ningún tipo de prestación.
  • Residencia familiar situada fuera de la provincia de Barcelona o a más de 100 kilómetros.
  • Residencia familiar situada en un barrio marginal o zona rural deprimida. Si se trata de la ciudad de Barcelona, se aplicará el índice de vulnerabilidad urbana publicado por el Ayuntamiento de Barcelona. Para el resto de municipios, se tendrá como referencia el Catálogo de Barrios Vulnerables e Indicadores Básicos de Vulnerabilidad Urbana emitido por el Ministerio de Fomento del Gobierno de España.

d). Expediente académico

e). Experiencia profesional

  • Compaginar estudios y trabajo de manera simultánea y prolongada en el tiempo.
  • Trabajos esporádicos durante el período de estudios (fines de semana o periodos vacacionales (Semana Santa, verano, Navidad).

f). Experiencia internacional

g). Entrevista personal

Se realizará una entrevista personal con los solicitantes.

9 - Jurado y procedimiento de selección

El proceso de selección se desarrolla en el régimen de concurrencia competitiva, en base a un sistema de puntos sobre los criterios establecidos de conformidad con el objetivo fundacional de la Fundación Privada José Luis Massó, según se junta como ANEXO I.

El jurado de selección estará integrado por el Comité de seguimiento, que para esta edición estará formado por:

FUNDACIÓN PRIVADA JOSÉ LUIS MASSÓ:

  • Isidro Massó Torelló, en su condición de Fundador. Sus datos de contacto a efectos de este Acuerdo marco son los siguientes: Calle Entença, 325, planta 8, CP 08029, ciudad de Barcelona; su correo electrónico es fundacion@joseluismasso.org y su teléfono de contacto es 93 481 69 80.
  • Carlos Muñoz Juanpere, en su condición de Secretario del Patronato. Sus datos de contacto a efectos de este Acuerdo marco son los siguientes: Calle Entença, 325, planta 8, CP 08029, CP 08029, ciudad de Barcelona; su correo electrónico es cmunoz@cimtaxlegal.com y su teléfono de contacto es 93 481 69 80.
10 - Resolución y publicación de resultados
  1. La resolución definitiva, que deberá expresar la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la beca, se comunicará de manera individual al candidato al que se le haya otorgado la beca a la dirección de correo electrónico que conste en la solicitud.
  2. Adjudicada la beca, la persona beneficiaria dispondrá de un plazo de quince (15) días hábiles para formalizar la aceptación y recoger el documento acreditativo que deberá presentar cuando realice la matrícula. En caso contrario, se entenderá que la persona beneficiaria renuncia a la ayuda y será sustituida por la siguiente candidatura de acuerdo con la lista priorizada. En caso de renuncia expresa antes de la formalización de la ayuda se procederá de la misma forma.
  3. Las personas solicitantes que no obtenga la ayuda solicitada pueden formar parte de una lista de espera. En el caso de que se produzca una renuncia, se puede conceder la ayuda a una persona de la lista de espera.
  4. En caso de que la convocatoria quedara desierta, en primera instancia, se publicará una convocatoria complementaria en la que se abrirá un nuevo plazo para presentaciones de solicitudes.
11 - Revocación, o renuncia, y reintegro de la Beca

Será procedente el reintegro de las cantidades percibidas por el beneficiario, cuando se produzca alguno de los supuestos siguientes:

  1. Obtención de la beca falseando las condiciones requeridas u ocultando aquellas que lo hubieran impedido.
  2. No superación del programa, resultando ser no apto.
  3. Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente, de conformidad con las normas que se establezcan en esta convocatoria de la beca.
  4. Incumplimiento de las obligaciones establecidas en estas bases reguladoras.
  5. No destinar la beca o ayuda a la finalidad para la que fue concedida.
  6. La concesión de otra beca o ayuda incompatible.
  7. La renuncia de la persona beneficiaria a la beca o ayuda concedida.
  8. La anulación o baja de matrícula por cualquier causa: académica, voluntaria o disciplinaria y/o el abandono de los estudios.
  9. En los otros supuestos previstos en la normativa que resulte aplicable.

Atendiendo a la naturaleza de la beca concedida y a la graduación del incumplimiento de las condiciones impuestas con motivo de su concesión, se podrá ponderar tanto el importe como los componentes de la beca o ayuda al estudio a reintegrar.

12 - Compatibilidad con otras becas o bonificaciones

La cantidad económica total percibida por un alumno del Máster en concepto de beca no es compatible con:

  • Otras becas otorgadas por la Fundación Privada José Luis Massó
  • Cualquier otra beca que cubra total o parcialmente la matrícula del Máster y que en sus bases indique incompatibilidad. Será obligación de la persona becada el conocimiento de esta incompatibilidad.
13 - Obligaciones de los beneficiarios e incumplimientos

Los beneficiarios quedan obligados a:

  1. Destinar la beca a la finalidad para la que se concede, entendiendo por tal el pago de la matrícula, así como la asistencia a al menos el 80% de las clases, la presentación a los exámenes del alumnado y a las pruebas de evaluación que se requieran.
  2. Comunicar la obtención de becas para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o ente público o privado nacional o internacional.
  3. Someterse a las actuaciones de comprobación necesarias para verificar, si procede, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la beca.
  4. Poner en conocimiento de la Fundación, así como de la Secretaría Académica de la UPF-BSM la anulación de matrícula y/o el abandono de los estudios, así como cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la beca, lo que supondrá el incumplimiento de las obligaciones como beneficiario.
  5. Cumplir las disposiciones contenidas en estas bases y convocatoria, así como las que pudieran serle de aplicación en cumplimiento de la normativa vigente.

El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en la presente convocatoria, y en los casos previstos en la normativa vigente, dará lugar a la revocación de la beca concedida y a la devolución de las cantidades percibidas.

14 - Tratamiento Tributario

En el momento de definir el tratamiento fiscal de estas becas, distinguiremos entre becas por másteres universitarios (másteres oficiales) y becas por másteres títulos propios. En ambos casos, las becas concedidas están sujetas a tributación.

Cuando las becas se otorguen para cursar másteres universitarios (másteres oficiales), la beca disfrutará de exención por cumplir con los requisitos estipulados en el artículo 7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como las del artículo 2 de Real Decreto 439/2007 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas.

En  cambio, las becas que se destinen para cursar másteres propios (títulos propios), al no cumplir con los requisitos anteriormente mencionados, no disfrutarán de la exención y, en consecuencia, se deberán practicar las retenciones oportunas en cada caso.

Por tanto, en caso de que la Fundación Privada José Luis Massó se vea obligada a retener o efectuar un pago a cuenta del becado de un importe en base a la citada normativa, el becado deberá adelantar a la UPF-BSM el importe de la retención o del pago a cuenta.

15 - Protección de datos

15.1.- Información básica sobre Protección de datos.

15.1.1.- Responsable: El responsable del tratamiento de los datos personales del candidato y/o beneficiario es la Fundación Privada José Luis Massó, con domicilio social en Barcelona, Calle Entença, 325, planta 8, y con correo electrónico de contacto a efectos de protección de datos de carácter personal: fundacion@joseluismasso.org.

15.1.2.- Delegada de protección de datos: Fundación Privada José Luis Massó. Contacto: fundacion@joseluismasso.org.

 

 

15.1.3.- Finalidades y legitimación:

La Fundación Privada José Luis Massó realizará el tratamiento de los datos de carácter personal de los candidatos y/o beneficiarios, en virtud de la ejecución de las presentes bases legales para la Beca de la Fundación Privada José Luis Massó, con las siguientes finalidades:

Para analizar la adecuación del candidato y poder realizar un proceso de asignación para la posible concesión de la beca.

Para asegurar que el candidato cumple los requisitos a lo largo de todo el periodo de duración de cualquiera de los programas.

Para proceder a los pagos correspondientes en el caso de que se le conceda la beca.

Para cumplir los derechos y obligaciones que la beca implica para la Fundación Privada José Luis Massó y para el beneficiario.

15.1.4.- Destinatarios: No se cederán los datos personales de los candidatos y/o beneficiarios a terceros excepto obligación legal o, en su caso y siempre que este acceso y tratamiento de datos sea imprescindible para la prestación de un servicio. Bajo este escenario, la Fundación Privada José Luis Massó en todo caso suscribirá el correspondiente contrato de encargo de tratamiento con cada uno de estos terceros, los cuales tratarán los datos exclusivamente para las finalidades que se determinen en cada caso. Se prevé expresamente la cesión de los datos personales de los candidatos y/o beneficiarios a la UPF-BSM.

15.1.5.- Conservación de los datos: Los datos personales de los candidatos y/o beneficiarios se conservarán a lo largo de todo el periodo de duración del Programa para el que se solicita la Beca y durante el cumplimiento de los derechos y obligaciones asumidas por Fundación Privada José Luis Massó y por el beneficiario descritas en las presentes bases legales. Y una vez finalizado éste, el plazo necesario para cumplir con las obligaciones legales aplicables.

1 5.1.6.- Derechos: Los interesados podrán ejercitar en cualquier momento sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación al tratamiento, portabilidad de datos y oposición.

Para el ejercicio de estos derechos, el interesado puede enviar su solicitud, adjuntando copia de su DNI, pasaporte u otro documento válido que lo identifique, en Barcelona, Plaza Francesc Macià, 7, planta 13; o mediante la dirección de correo electrónico siguiente: fundacion@joseluismasso.org

En todo caso, el interesado tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos si lo estima oportuno.

ANEXO I

ANEXO I

Criterios personales Documentación acreditativa Puntuación
I. Recursos económicos    
Acreditar ingresos no superiores a 4 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) aplicable al momento de la solicitud de las ayudas.

El límite se ponderará en función del número de miembros que integren la unidad familiar (hasta los 25 años, o hasta los 30 años si están estudiando), según se indica a continuación (en euros):

 

1 miembro 2 miembros 3 miembros 4 miembros Más de 4 miembros
28.800,00 36.000,00 43.200,00 50.400,00 57.600,00

(tabla vigente para el ejercicio 2023. IPREM anual = 7.200 euros)

 

En caso de que algún miembro de la unidad familiar esté afectado por una discapacidad psíquica del 33% o física o sensorial del 65%, se aplicará el siguiente tramo de composición familiar.

 

 

Autoliquidación del IRPF presentada por cada miembro de la unidad familiar, o en su defecto, certificado acreditativo de la no obligación de presentarla, emitido por la Agencia Tributaria del Ministerio de Hacienda y Función Pública, así como un certificado de convivencia o certificado del padrón municipal de los miembros de la unidad familiar, emitido en los 3 últimos meses.

Documentación acreditativa de la percepción o no percepción de ingresos del año en curso de todos los miembros de la unidad familiar incluidos los hijos menores de 25 años para el caso de que el candidato haya sufrido un cambio en su situación económica familiar en el último año.

Hasta 50
II. Situación de discapacidad    
Discapacidad física o sensorial (entre el 10 y el 32%, incluidos) Tarjeta acreditativa de la discapacidad emitida por el Departamento de Derechos Sociales 5
Discapacidad física o sensorial (entre el 33 y el 64%, incluidos) Tarjeta acreditativa de la discapacidad emitida por el Departamento de Derechos Sociales 8
Discapacidad física o sensorial igual o superior al 65% Tarjeta acreditativa de la discapacidad emitida por el Departamento de Derechos Sociales 15
Discapacidad psíquica (entre el 10 y el 32%, incluidos) Tarjeta acreditativa de la discapacidad emitida por el Departamento de Derechos Sociales 5
Discapacidad psíquica (entre el 33 y el 64%, incluidos) Tarjeta acreditativa de la discapacidad emitida por el Departamento de Derechos Sociales 8
Discapacidad psíquica igual o superior al 65% Tarjeta acreditativa de la discapacidad emitida por el Departamento de Derechos Sociales 15
III. Situación personal y familiar    
Sólo uno de los progenitores o representante legal se encuentra en situación de desempleo Justificante de la percepción o de la solicitud de presentación del subsidio por desempleo, emitido en los 3 últimos meses. 12
Los dos progenitores, o uno en caso de familia monoparental, o sus representantes legales se encuentran en situación de desempleo Justificante de la percepción o de la solicitud de presentación del subsidio por desempleo, emitido en los 3 últimos meses. 17
Uno de los progenitores o representante legal es perceptor del subsidio extraordinario por desempleo Justificante de la percepción 15
Los dos progenitores, o uno en caso de familia monoparental, o sus representantes legales son perceptores del subsidio extraordinario por desempleo Justificante de la percepción 20
Acreditación de familia numerosa general Presentación del título 10
Acreditación de familia numerosa especial Presentación del título 12
Acreditación de familia monoparental Presentación del título 15
Hijo menor a cargo del solicitante Libro de familia 15
Dos o más hijos menores a cargo del solicitante Libro de familia 20
Persona mayor de 65 años, sin prestaciones, a cargo del solicitante Libro de familia / Certificado de convivencia vigente 10
Dos o más personas mayores de 65 años, sin prestaciones, a cargo del solicitante Libro de familia / Certificado de convivencia vigente 20
Residencia en barrios marginales (rentas bajas) y/o en zonas rurales deprimidas

(criterio sujeto a la definición objetiva de barrio marginal y zona rural deprimida. En caso de ser residente en Barcelona, se aplicará el último índice de vulnerabilidad urbana publicado por el Ayuntamiento de Barcelona. Para otros municipios se tomará como referencia el último Catálogo de Barrios Vulnerables e Indicadores Básicos de Vulnerabilidad Urbana emitido por el Ministerio de Fomento del Gobierno de España; https://portalweb.mitma.es/aplicaciones/portalweb/BarriosVulnerables).

Volante de residencia en el padrón municipal Hasta 5
Residentes en otra provincia o a una distancia superior a 100 km de UPF-BSM Volante de residencia en el padrón municipal Hasta 5

 

Criterios académicos y profesionales Documentación acreditativa Puntuación
I. Expediente académico
Nota media de grado universitario superior a 7,1 puntos Certificación expedida por el centro donde se realizaron los estudios donde conste este dato De 8 hasta 10
Nota media de grado universitario entre 6 y 7 puntos Certificación expedida por el centro donde se realizaron los estudios donde conste este dato Hasta 8
II.  Experiencia profesional
Situación acreditada de haber compaginado contratos laborales de forma no esporádica y paralela a los estudios universitarios Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o copia de los contratos laborales De 5 hasta 10
Situación acreditada de haber tenido contratos laborales de forma esporádica (fines de semana, veranos) durante los estudios universitarios Certificación de la tesorería general de la seguridad social o copia de los contratos laborales Hasta 5
III.  Experiencia internacional
Situación acreditada de haber realizado estudios en el extranjero Certificación del centro donde se realizaron los estudios De 5 hasta 10
Situación acreditada de tener experiencia laboral en el extranjero Copia de los contratos laborales o de prácticas De 10 hasta 15
Otros Criterios
Entrevista personal Hasta 20

Barcelona a 23 de mayo de 2023

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